ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE COPROPIETARIOS
CONJUNTO RESIDENCIAL MIRAVENTO P.H.
El señor Administrador EDWIN A. BRICEÑO GONZÁLEZ, representante legal del CONJUNTO RESIDENCIAL MIRAVENTO P.H., en uso de las facultades legales y con base en el artículo 39 de la Ley 675 de 2001, convoca a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE COPROPIETARIOS, a realizarse:
LUGAR: Salón social.
FECHA: Domingo 29 de marzo del 2026
HORA: Inicio registro de asistencia 7:00 AM a 8:00 AM.
Cierre y verificación del quórum: 8:00 AM.
ORDEN DEL DÍA PROPUESTO
- Verificación del quórum.
- Lectura del reglamento de la asamblea.
- Elección del presidente y secretario(a) de asamblea.
- Elección de comité verificador del acta de asamblea ordinaria.
- Lectura y aprobación del orden del día.
- Presentación y aprobación de los estados financieros a diciembre 31 del 2025.
- Informe Consejo de administración año 2025.
- Informe de gestión Administración año 2025.
- Terminación Proceso Riapa.
- Presentación y aprobación proyecto de presupuesto vigencia 2026.
- Presentación y posible aprobación cuota extraordinaria para impermeabilización de fachadas.
-
Elecciones
- Elección del consejo de administración.
- Elección del comité de convivencia.
- Elección del comité de brigadas de emergencia sistema de gestión SG-SST, 1 por torre.
- Proposiciones y varios. (Deben de ser entregados en forma escrita en la administración hasta el 23/marzo/2026).
- Cierre asamblea.
LA INASISTENCIA A LA ASAMBLEA GENERA SANCIÓN PECUNIARIA CORRESPONDIENTE A UNA CUOTA DE ADMINISTRACIÓN VIGENTE PARA EL AÑO 2026.
Esta asamblea sesionará si está representado por lo menos, con el 50% más uno de los coeficientes de la copropiedad. En caso de no poder realizar la asamblea ordinaria por falta de quórum y en concordancia con el artículo 41 de la Ley 675 de 2001, se convocará a una nueva reunión de asambleístas de segunda convocatoria que se realizará el día 01 abril del año 2026 a las 6:00 p.m., en el mismo lugar; la cual sesionará y decidirá válidamente con el número plural de propietarios, cualquiera que sea el porcentaje de coeficientes representados.
Las decisiones tomadas por esta asamblea son de obligatorio cumplimiento, inclusive para ausentes y disidentes.
Si no puede asistir este día, puede otorgar poder a la persona que bien prefiera; sin embargo, no podrá otorgar poder al administrador. Sugerimos que el poder lo otorgue a otro propietario, quien estará interesado en que se tomen las mejores decisiones.
Es importante que este poder lo haga llegar a la administración con tres días de anticipación como mínimo y adjuntar las respectivas fotocopias de las cédulas.
IMPORTANTE
- Los libros de contabilidad se encuentran disponibles para consulta en horario de atención de administración en las instalaciones del conjunto residencial.
- No se permite el ingreso a menores de edad y mascotas.
- Los propietarios que tienen más de un inmueble en este conjunto deberán designar a una sola persona para que lo represente.
- Por inmueble solo se permite a una sola persona.
Contamos con su puntual asistencia.
Cordialmente,
EDWIN BRICEÑO GONZÁLEZ
REPRESENTANTE LEGAL.